A controlar los vertimientos La resolución 0631 de MinAmbiente es uno de los hitos más importantes en normatividad ambiental.Por: EDITORIAL
21 de marzo de 2015, 01:06 am En el día del agua, que se celebrará este domingo, el Ministerio de Ambiente podrá decir que ha dado un paso fundamental para la protección de este recurso. Se trata de la resolución 0631, “por la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público”, expedida esta semana y que, a juicio de esta entidad, bien puede catalogarse como uno de los hitos más importantes en la historia reciente del país en materia de normatividad ambiental. Su importancia radica en que, si es debidamente aplicada, esta disposición llevará a que por fin exista control efectivo sobre las sustancias contaminantes que vierten 73 actividades productivas correspondientes a ocho sectores económicos. La norma, para ser concretos, brinda reglas claras y herramientas suficientes para sancionar con multas que pueden alcanzar los 2.500 millones de pesos a quienes contaminan el agua mediante los residuos de sus industrias, pero también de sus hogares. Su objetivo, que merece pleno respaldo, es aumentar la oferta de agua limpia para los colombianos y tiene la virtud de ser fruto del consenso. El texto final es resultado de un trabajo de más de cuatro años en el que participaron diferentes sectores, incluida la academia y los principales gremios de la producción. Su principal novedad estriba en que la medición de las sustancias que contaminan se hará en miligramos por litro de agua y no en kilogramos por día, cambio que permitirá que el control que llevan a cabo las autoridades ambientales sea más efectivo. Todo esto en un momento en el que el deterioro de ríos, desde el punto de vista orgánico, según el estudio nacional del agua del Ideam, es evidente y preocupante, sobre todo si se tiene en cuenta que muchos de ellos surten acueductos. Más grave, desde luego, es el tema de los desechos que no son biodegradables, como aquellos que de manera copiosa deposita en los afluentes la minería ilegal. Aquí se encuentra el principal desafío, pues estas actividades son las que más veneno vierten a los ríos y quebradas. De las corporaciones regionales depende que esta resolución no sea letra muerta. Estas entidades, seriamente cuestionadas, tienen una nueva oportunidad de reivindicarse y demostrar que su prioridad es la salvaguarda de los ecosistemas y no de tal o cual feudo político. A ellas les corresponde la correcta aplicación de lo dispuesto por esta norma. También cabe un llamado a la Fiscalía General de la Nación para que, de la mano con las corporaciones, apriete la rienda en la persecución de quienes quebrantan las normas ambientales. Y es que en los últimos años apenas se han iniciado 100 procesos penales por daños dentro de las 59 áreas nacionales protegidas. De ese total, en el 2014 se produjeron apenas ocho condenas que involucraron a 20 personas (14 extranjeros y seis colombianos). Del resto de la geografía colombiana no hay noticias de actuaciones judiciales contra los que destruyen la naturaleza. Pero no todo pueden ser sanciones. La idea, finalmente, debe ser que cada vez seamos más conscientes de la huella que dejan nuestras actividades y asumamos la responsabilidad que por ello nos corresponde y que debe comenzar por la autorregulación. EDITORIAL [email protected] tomado de: << http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-15437637 >>
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16/11/2022 11:39:12 pm
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